CONSULTA (TEXTUAL)

“Consulta y tratamiento contable respecto a la siguiente duda: Puede ocurrir que el trabajador incapacitado reciba una cifra mayor o menor a la que le corresponde si se hubiera realizado de manera correcta la cotización. Como se debería proceder en este caso ya que la empresa recibe un mayor valor en la liquidación de la incapacidad y la empresa ya le pagó en la nómina a la persona incapacitada,

• 1 El valor excedente se debe pagarle al empleado

• 2 Se debe devolver a la EPS •

3 Se reconoce como un aprovechamiento en la contabilidad. Solicitamos nos sea por favor aclarada la duda ya que contamos con diferencias respecto a cómo la líquida la EPS ya que la EPS la liquida de acuerdo al último IBC reportado gracias”.