Este documento es una guía esencial para cualquier contador, liquidador o administrador enfrentando el cierre definitivo de una sociedad. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclara mediante el Concepto 0284 de 2025 las reglas del juego cuando la «hipótesis de negocio en marcha» desaparece, obligando a una transición normativa inmediata hacia el valor neto de liquidación.

¿Por qué deberías leer este concepto?

Si te encuentras en un proceso de liquidación, este documento resuelve dudas críticas sobre la marcha:

  • Cambio de Marco Normativo: Confirma que, una vez disuelta la sociedad, es obligatorio abandonar las NIIF para Pymes (Grupo 2) y aplicar el Anexo 5 del DUR 2420 de 2015, incluso si la disolución ocurrió pocos días antes del cierre de año.
  • Corrección de Estados Financieros: Advierte que presentar estados financieros bajo un marco incorrecto ante la asamblea obliga a la entidad a emitir nuevos informes bajo la base de liquidación.
  • Validez del Inventario: Detalla que el inventario del patrimonio social debe estar debidamente suscrito por el liquidador, contador y revisor fiscal (si aplica) para tener validez legal ante terceros.
  • Reservas vs. Fondos: Clarifica que la reserva para obligaciones litigiosas (Art. 245 Código de Comercio) se reconoce contablemente como un pasivo y no simplemente como una apropiación patrimonial, diferenciándola claramente del «fondo» o efectivo disponible.

No permitas que errores técnicos en la etapa final de la sociedad generen responsabilidades legales innecesarias. Te invito a descargar y estudiar este concepto para asegurar una liquidación técnicamente impecable.

Aclaración Crucial: El Vínculo Normativo

A menudo surge la duda sobre qué norma citar o aplicar. El CTCP despeja el panorama con los siguientes puntos:

  • Integración Legal: El Decreto 2101 de 2016 no es una norma independiente, sino que es el acto administrativo que adicionó el Título 5 y el Anexo 5 al Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de 2015.+3
  • Vigencia Plena: Este marco normativo para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha se encuentra vigente y produce efectos jurídicos obligatorios en todo el territorio nacional.+2
  • Alcance de Supervisión: Su cumplimiento es estrictamente exigido por la Superintendencia de Sociedades, los jueces de la República y demás autoridades competentes en procesos de liquidación.+2
  • Propósito del DUR 2420: Se recuerda que este decreto único tiene la función de compilar, organizar y sistematizar todas las normas de contabilidad e información financiera en Colombia.

CTCP. Aclaración 0284-25A. Sociedad en Liquidación – Anexo 5 DUR 2420 de 2015

¿Qué significa esto para tu proceso?

No basta con saber que la empresa está en liquidación; debes citar correctamente la norma en tus notas a los estados financieros y reportes. Al presentar información ante la SuperSociedades o un juzgado, la base legal debe ser el DUR 2420 de 2015 (Anexo 5), reconociendo que su obligatoriedad proviene de la incorporación realizada por el Decreto 2101 de 2016.

Esta «doble lectura» de los conceptos 0284 y 0284A te garantiza que el cierre de la sociedad no solo sea contablemente correcto, sino legalmente blindado ante cualquier auditoría o proceso judicial