CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Asunto: Solicitud Concepto Estados Financieros Dictaminados
Respetuosamente, me dirijo al Consejo Técnico de la Contaduría Pública, con el fin de solicitar aclaración, respecto al alcance de lo señalado en la Ley 222 de 1995, Artículo 38, respecto a las condiciones que señala la norma para la presentación de “Estados financieros dictaminados”:
“ARTÍCULO 38. ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS.
Comentarios recientes