CONSULTA (TEXTUAL)

se me ha solicitado donde soy Revisor Fiscal, que mi auditoría sea una auditoría integral de gestión conforme a la norma ISO 19011. Mi respuesta fue: es importante precisar que la norma ISO 19011, si bien es una guía internacional útil para auditorías de sistemas de gestión (como calidad, ambiental, seguridad, etc.), no forma parte del marco normativo obligatorio que rige la labor del Revisor Fiscal en Colombia, ni se encuentra contemplada dentro de las funciones establecidas por las leyes antes mencionadas. Quiero me puedan ayudar con un concepto donde me den más claridad pues estoy siento objeto de múltiples derechos de petición, porque no intervengo entre los conflictos el administrador y una miembro del Consejo de 11 miembros que eligió la Asamblea.

Igualmente, que me ratifiquen si hay impedimento en que me pueda postular en una Revisoría Fiscal, cuando el administrador del Conjunto Residencial es también administrador en otro Conjunto Residencial donde soy Revisora Fiscal, pero yo no tengo relación de consanguinidad, ni es un amigo intimo, no existe subordinación jerárquica entre los profesionales, no hay relaciones económicas que afecten la objetividad e independencia. y mantenga el criterio profesional propio en el ejercicio de las funciones”.

RESUMEN:

El Revisor Fiscal en propiedad horizontal debe ejercer sus funciones conforme a lo establecido en la Ley 43 de 1990, la Ley 675 de 2001, Código de Comercio y las normas de aseguramiento de la información incorporadas en el Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015 y sus modificaciones. La norma ISO 19011 constituye una guía internacional para auditorías de sistema de gestión, pero no integra el marco normativo obligatorio aplicable a la revisoría fiscal. Así mismo, la labor del revisor fiscal no comprende la intervención en conflictos internos de la copropiedad. De otra parte, no se observa impedimento normativo para que un revisor fiscal se postule o ejerza en otra copropiedad cuyo administrador también presta servicios en el conjunto residencial donde dicho profesional actúa como revisor fiscal, siempre que se mantenga la independencia, objetividad profesional y se mitiguen las amenazas significativas al juicio profesional.