CONSULTA (TEXTUAL)
“(…)
Como Revisor Fiscal de una copropiedad de carácter residencial, ubicada en el municipio de Zipaquirá en el departamento de Cundinamarca, solicito de su amable colaboración para que me aclaren que se pude hacer en el siguiente caso:
La Copropiedad en la cual soy Revisor Fiscal para el periodo 2024-2025 cuenta con un programa contable habilitado para el desarrollo contable de copropiedades. La contabilidad de la copropiedad se lleva desde hace años en el mismo programa
contable, pero para el año 2023 la empresa contratada para ejercer la contabilidad de la copropiedad cometió algunos errores contables que acarrearon inexactitudes contables ocasionando que no se determine adecuadamente unos estados financieros de acuerdo al CTCP y a la ley 43 de 1990.
Mil gracias por el concepto es muy valioso