Con ocasión de mi participación en el segundo congreso de contadores públicos que organizó la Asociación Nacional de Contadores Públicos (ANCP) en la ciudad de Bogotá durante los días 24 y 25 de septiembre pasados, me puse a revisar la historia de la profesión en Colombia para referirme al contexto del panel sobre el pasado, presente y futuro de la contaduría pública.
Cuando observo la evolución de la contaduría pública colombiana, encuentro una profesión mucho más preparada, especializada y conectada con el mundo que hace sesenta años. Sin embargo, también veo una profesión que, en demasiadas ocasiones, ha perdido capacidad para incomodar al poder, advertir oportunamente los riesgos y defender el interés público, y esa contradicción debe preocuparnos.
La Ley 145 de 1960 reconoció jurídicamente el ejercicio de la contaduría pública y consolidó la confianza depositada en el contador público como persona habilitada para dar fe pública en materia contable. Tres décadas después, la Ley 43 de 1990 actualizó la regulación, definió las actividades propias de la ciencia contable, fortaleció el régimen ético y reafirmó la responsabilidad personal del profesional. Más adelante, la Ley 1314 de 2009 incorporó al país en el proceso de convergencia hacia estándares internacionales de información financiera y aseguramiento.
No desconozco esos avances. Pasamos del libro físico a los sistemas integrados; del comprobante manual a la factura electrónica; del cierre anual a la información casi inmediata; de la auditoría tradicional al análisis masivo de datos. Hoy hablamos de sostenibilidad, riesgos climáticos, ciberseguridad, gobierno corporativo, auditoría forense e inteligencia artificial. Pero en ese recorrido también perdimos algo esencial: la conciencia de que la firma del contador público no es un trámite administrativo, sino un acto de autoridad social.
La confianza no se terceriza. Siempre he sostenido que la fe pública pertenece al contador público como persona natural. No es propiedad de una firma, una marca comercial ni una sociedad de contadores. Una persona jurídica puede contratar, organizar equipos, proporcionar metodología y aplicar controles de calidad, pero no tiene conciencia profesional, independencia mental, responsabilidad ética individual ni escepticismo profesional. Quien firma es un contador público con nombre, tarjeta profesional y deberes frente a la sociedad.
No afirmo que el contador público deba descubrirlo todo ni adivinar el futuro. La auditoría ofrece seguridad razonable, no certeza absoluta. Pero sí sostengo que debe reaccionar ante las señales que su formación le permite comprender. El contador público no responde por adivinar el futuro sino por ignorar las alertas que tenía la obligación profesional de evaluar.
A mi juicio, la profesión contable no atraviesa solamente una transformación tecnológica, sino que también enfrenta una crisis de presencia, independencia y reacción oportuna. La crisis de la omisión. La omisión no consiste únicamente en guardar silencio ante un delito demostrado. También aparece cuando el contador público identifica un riesgo y lo esconde en una nota incomprensible; cuando acepta evidencia insuficiente; cuando normaliza diferencias repetidas; cuando firma sin haber recibido toda la información necesaria, o cuando comunica una irregularidad de manera tan débil que nadie se siente obligado a actuar.
El problema de la profesión no es solamente lo que desconoce. También es aquello que conoce y decide callar. Los casos recientes de Ecopetrol y Nueva EPS deben servirnos para formular preguntas incómodas, sin anticipar responsabilidades individuales que corresponde establecer a las autoridades. En Ecopetrol se informó públicamente que la revisoría fiscal no había recibido oportunamente la totalidad de cierta información corporativa, incluido el informe integrado de gestión, aunque se emitió una opinión sin modificaciones sobre los estados financieros. En Nueva EPS, las investigaciones y reportes públicos han planteado interrogantes mucho más graves sobre facturas presuntamente ocultadas, ausencia de información financiera oportuna, anticipos pendientes de legalización y dificultades para establecer el pasivo real.
Pero para la comunidad contable queda una pregunta inevitable: ¿cómo puede existir revisoría fiscal durante años y aparecer después una realidad financiera radicalmente distinta? No podemos seguir amparándonos en la letra pequeña del dictamen cuando la sociedad entendió un mensaje completamente diferente. Una opinión limpia no significa que no exista fraude, corrupción, insolvencia o mala gestión. Pero tampoco puede convertirse en una fórmula que tranquilice al mercado mientras las alertas importantes quedan enterradas en informes que nadie lee.
Como ex Contador General de la Nación, conozco el esfuerzo institucional que representa consolidar la información de miles de entidades públicas. También sé que la consolidación no corrige mágicamente una contabilidad defectuosa: reúne sus fortalezas, pero también acumula sus errores. Por eso creo que la Contaduría General de la Nación debe evolucionar de consolidadora de cierres a autoridad nacional de inteligencia contable pública, con interoperabilidad, analítica avanzada y herramientas que detecten anomalías, operaciones recíprocas sin conciliar, deterioros atípicos, pasivos subestimados y variaciones sin explicación económica.
La inteligencia artificial modificará profundamente nuestro trabajo. Automatizará registros, conciliará operaciones, leerá contratos, identificará patrones y procesará en minutos información que antes exigía semanas. Pero no creo que vaya a desaparecer el contador público. El que sí puede desaparecer es el contador público cuya única función sea procesar datos que maneja una máquina con mayor velocidad. La inteligencia artificial no amenaza al contador público que piensa; amenaza al contador público que solo procesa.
Me titulé como contador público el 16 de abril de 1991, cuando apenas empezaba a regir la Ley 43. La regulación básica de nuestra profesión fue concebida antes de internet, las NIIF, los criptoactivos, los informes de sostenibilidad y la inteligencia artificial generativa. Actualizarla ya no es una opción. Está en trámite en la Cámara de Representantes un proyecto dirigido a modernizar la regulación profesional y sustituir el marco conformado por las leyes 145 de 1960 y 43 de 1990. Ese debate es necesario, pero una reforma no puede reducirse a redistribuir funciones, crear estructuras burocráticas o proteger intereses gremiales.
¿Quién debe cambiar? Todos tenemos responsabilidades, pero no acepto que «responsabilidad de todos» termine significando que no responde nadie. Las universidades deben dejar de formar simples operadores de normas. Las empresas deben garantizar acceso completo a la información, honorarios dignos e independencia efectiva. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública debe anticipar los cambios y orientar con claridad, devolviéndole el carácter vinculante a su doctrina. La Junta Central de Contadores debe prevenir, investigar y sancionar oportunamente, respetando el debido proceso sin permitir que la demora se convierta en impunidad.
Dentro de diez años no quisiera medir nuestro avance por el número de tarjetas profesionales expedidas, las normas emitidas o los informes firmados. Quisiera medirlo por las crisis que ayudamos a prevenir, los recursos que protegimos y las alertas que emitimos a tiempo. El contador público del futuro debe ser fortalecido técnicamente por la tecnología, éticamente insobornable e incómodo ante el poder. Porque el futuro de la contaduría pública no depende del ámbito de nuestros espacios profesionales que logremos proteger, sino de cuánto demostremos que la sociedad todavía puede confiar en nosotros.
Y como dijo el filósofo de La Junta: «Se las dejo ahí…» @LColmenaresR
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