El 12 de marzo de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 0240 de 2026, con fuerza de ley, para financiar la atención de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 150 del 11 de febrero de 2026 en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.Este decreto crea nuevos tributos, amplía impuestos existentes y ofrece alivios importantes para generar recursos inmediatos y ayudar a las zonas afectadas por eventos hidrometeorológicos.Aquí tienes los puntos más importantes del Decreto 0240-26 de forma clara y ordenada:1. Nuevo Impuesto Nacional al Consumo del 16% en apuestas online

  • Se grava con 16% los depósitos en dinero que realicen los usuarios apostadores a operadores de juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet.
  • Base gravable: valor de los depósitos.
  • Responsables: los operadores de las plataformas.
  • Vigente solo durante 2026.

2. Ampliación del Impuesto al Patrimonio (modifica Decreto 173 de 2026)

  • Ahora incluye como sujetos pasivos a establecimientos permanentes y sucursales de sociedades extranjeras.
  • Nueva fecha de causación: 31 de marzo de 2026 (patrimonio líquido ≥ 200.000 UVT).
  • Declaración y pago: 30 de abril de 2026 (50%) y 1 de junio de 2026 (50%).
  • Exclusión de reservas de protección (art. 19-4 ET).
  • Tratamiento contable especial: se puede registrar contra reservas o resultados del ejercicio 2026 (sin afectar utilidades).

3. Nuevo Impuesto Complementario de Normalización Tributaria (19%)

  • Tarifa del 19% sobre activos omitidos o pasivos inexistentes.
  • Permite normalizar activos en el exterior y otros sin legalización posterior.
  • Plazos y condiciones especiales para 2026.

4. Alivios tributarios y conciliaciones (hasta 30 de abril de 2026)

  • Reducción de sanciones e intereses moratorios por pago del 100% de obligaciones en mora al 31 de diciembre de 2025.
  • Reducción adicional por corrección de declaraciones omitidas o formales incumplidas.
  • Autorización a la DIAN para realizar conciliaciones en procesos contencioso-administrativos (tributarios, aduaneros y cambiarios).
  • Posibilidad de pago con títulos judiciales.

Conclusión del Decreto 0240-26

Todas las medidas son transitorias y los recursos recaudados se destinarán exclusivamente a conjurar la emergencia climática y evitar su extensión. El decreto rige desde el día siguiente a su publicación.¿Eres contribuyente, contador o asesor tributario afectado por la emergencia? Este decreto te trae nuevas obligaciones pero también oportunidades de alivio y normalización.¡Lee el documento oficial completo!
Para conocer todos los artículos, tarifas exactas, plazos, parágrafos y excepciones, descarga el PDF completo aquí:

¿Tienes dudas sobre cómo te aplica alguna de estas medidas? Déjanos tu comentario o consulta con tu contador. ¡Comparte este post si te sirvió!