Nos referimos a la comunicación radicada con el número y fecha de la referencia, mediante la cual expone las causales de vigilancia por activos e ingresos de la Superintendencia de Sociedades respecto de las personas jurídicas y solicita:
“Sírvase indicar a la Compañía sí, la unidad de valor tributario – UVT con la que se debe realizar el cálculo previsto en el artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de 2015, corresponde a la establecida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN al 1 de enero siguiente a la fecha de corte del correspondiente ejercicio.”