Uno de los lastres más pesados que arrastra la contaduría pública en Colombia es la idea cómoda y peligrosa de que la tarjeta profesional sirve para avalar cualquier cosa, o peor aún, que el silencio ante el escándalo es una forma legítima de ejercer la profesión. No lo es. Y me resulta insoportable seguir siendo testigo mudo de esa complicidad disfrazada de discreción.
Soy contador público desde 1991. Conozco el peso de esa tarjeta y lo que significa otorgar fe pública sobre hechos contables. La Corte Constitucional, en la Sentencia C-861 de 2008, fue enfática: el contador público «goza y usa de un privilegio que muy pocos profesionales detentan», y ese privilegio «le exige una responsabilidad especial frente al Estado y a sus clientes«. El Consejo de Estado, en la Sentencia 00372 de 2005, fue aún más preciso: cuando el contador otorga fe pública, ejerce función pública, y sus actos se tienen por ciertos salvo prueba en contrario. Esa es la magnitud de lo que representamos. Y es exactamente esa magnitud la que hace tan vergonzoso nuestro mutismo colectivo ante los escándalos que han sacudido la vida económica e institucional del país.
Repasemos, sin eufemismos.
En el caso de Centros Poblados, ese contrato de más de 70.000 millones de pesos que terminó en uno de los fraudes más sonoros en la contratación pública colombiana reciente, hubo revisores fiscales. Hubo contadores inscritos con tarjeta profesional vigente que debieron servir como garantes de la transparencia. La Ley 43 de 1990 y la Ley 1778 son claras: la responsabilidad del revisor fiscal en procesos licitatorios ante entidades públicas conlleva, ante su incumplimiento, la cancelación de la inscripción profesional. ¿Cuántos contadores fueron investigados de oficio? ¿Cuántos pronunciamientos emitió la Junta Central de Contadores? El silencio fue ensordecedor.
Revisemos el caso de Ecopetrol, la empresa más importante de Colombia, que atiende a millones de accionistas, incluido el Estado. En la Asamblea General de Accionistas de 2026, el revisor fiscal, nada menos que Deloitte, dejó constancia de que no tuvo acceso pleno a toda la información financiera y corporativa de la compañía, en particular la relacionada con el informe de gestión de su presidente. Es decir, se dictaminó sin poder verificar la concordancia plena entre los estados financieros y los informes de gestión. Esto no es un detalle menor: es una falla estructural en el aseguramiento de la información de la empresa más grande del país. ¿Dónde estuvo la Junta Central de Contadores, los gremios de la profesión, los decanos de las facultades de contaduría y sus agremiaciones, hasta el CTCP y la CGN? En silencio, otra vez.
Y qué decir de la Nueva EPS, que atiende a más de 11 millones de colombianos. La Superintendencia de Salud confirmó que la entidad no reportó sus indicadores financieros para los periodos de marzo a noviembre de 2024, y la Contraloría General advirtió que no existen estados financieros disponibles de 2023 y 2024. Los propios estados contables del 2018 al 2023 están siendo evaluados mediante una auditoría forense precisamente porque no fueron certificados con el rigor que exige la ley. Estamos hablando de años de información financiera sin certificar ni dictaminar, de recursos públicos del sistema de salud sin respaldo contable verificable, y del ministro de Salud reconociendo una deuda superior a $5,5 billones que «nadie advirtió». ¿Algún gremio profesional alzó la voz? No encontré ninguno.
¿Por qué la Junta Central de Contadores, órgano encargado de administrar el registro profesional y adelantar investigaciones por faltas éticas, no actúa de oficio y con celeridad ante situaciones de tanta magnitud y visibilidad pública? El literal a) del artículo 28 de la Ley 43 de 1990 autoriza expresamente que las investigaciones se inicien de oficio. El problema no es de facultades; es de voluntad, de carácter institucional, de comprensión del rol que le corresponde a la profesión contable en la construcción del Estado de derecho.
Estudios recientes sobre sanciones a contadores públicos en Colombia entre 2020 y 2024 confirman que las fallas más recurrentes están vinculadas a la negligencia profesional, la emisión de certificaciones inexactas y la inobservancia de principios éticos fundamentales, factores que persisten en parte por la «falta de actualización normativa» y la «baja cultura de actualización profesional». Pero ningún análisis académico puede suplir la indignación moral que deberían expresar los órganos de la profesión ante estos casos concretos.
Aquí hay un problema normativo de fondo que no podemos ignorar. La Ley 43 de 1990 tiene treinta y cinco años. El mundo contable de hoy opera bajo Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Auditoría (NIA), adoptadas por Colombia a través de la Ley 1314 de 2009 y sus decretos reglamentarios, incluyendo el DUR 2420 de 2015. Las exigencias del Código de Ética del IESBA, que incorpora el principio NOCLAR (No Observancia de Leyes y Reglamentos), van mucho más allá de lo que contempla nuestra vieja legislación gremial. Seguir operando con un marco disciplinario del siglo pasado, mientras la economía global exige transparencia, trazabilidad y aseguramiento de calidad de la información financiera, es una negligencia colectiva que tarde o temprano tiene consecuencias sistémicas.
El caso de Interbolsa nos enseñó algo que parece haberse olvidado: el tribunal disciplinario de la Junta Central de Contadores canceló el registro profesional de la sociedad de contadores por negligencia y omisión en la revisoría fiscal. Pero los escándalos no se detuvieron. SaludCoop, Centros Poblados, la Nueva EPS, Ecopetrol: el patrón se repite. Y la respuesta institucional de la profesión sigue siendo reactiva, tardía o simplemente inexistente.
Los más de 300 mil contadores públicos activos con tarjeta profesional en Colombia podemos seguir cargando en silencio con el lastre de quienes hacen de la fe pública un instrumento de encubrimiento. La selección de los clientes, la firmeza ante la presión de los poderes económicos y políticos, el coraje de emitir salvedades, de abstenerse de dictaminar cuando no hay información suficiente, de renunciar antes que firmar lo que no se puede verificar: esas son las decisiones que definen el carácter profesional. No el saco de paño fino ni el logo de una firma multinacional en la tarjeta de presentación.
Los estudiantes de contaduría pública que hoy se forman en nuestras universidades necesitan entender que la tarjeta profesional no es un salvoconducto para el acomodo. Es un título de idoneidad que los asimila a funcionarios públicos cuando dan fe pública contable, con todas las responsabilidades penales y disciplinarias que eso implica. Ojalá comprendan que certificar es un acto de Estado. Que dictaminar es un acto de responsabilidad social. Y que el silencio cómplice, cuando el escándalo lo exige todo menos callar, también es una forma de faltar a la ética profesional.
Hay maneras decentes de ejercer esta hermosa y exigente profesión. Existen contadores que trabajan en silencio, con rigor, con valentía técnica y moral. A ellos les debemos el poco crédito que aún conserva nuestra profesión ante la sociedad colombiana y que a todos nos corresponde protegerlo.Y como dijo el filósofo de La Junta: «Se las dejo ahí…” @LColmenaresR
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