En cumplimiento de lo señalado en el numeral 1 del Artículo 8º de la Ley 1314 de 2009, el cual establece que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP): “1. Enviará a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso.
CTCP. Plan de Trabajo – Semestre I 2025
por Luis Colmenares Rodríguez | Ene 22, 2025 | Conceptos Técnicos | 0 Comentarios
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