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¿Es necesario que la determinación oficial de los tributos territoriales por el sistema de facturación se apruebe por parte de los Concejos municipales mediante Acuerdo municipal y se incorpore al Estatuto Tributario de cada municipio, o por el contrario, se puede implementar de forma inmediata sin necesidad de acuerdo municipal en la respectiva secretaria de Hacienda del Municipio?
[pdfviewer]https://colmenares.com.co/wp-content/uploads/2024/09/Concepto-010022_MHCP-DAF_Tributos-territoriales-Sistema-de-facturacion_02mar2024.pdf[/pdfviewer]
Todo eso es chimbo. La factura es el respaldo de una compra, los impuestos no se compran y de ahi en adelante todo no cuadra
Se factura es la compra de un bien o servicio. Las tasas, contribuciones o impuestos no se facturan.