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Réplica al comunicado del INCP sobre el Proyecto de Ley 345 de 2025

por Luis Colmenares Rodríguez | Dic 2, 2025 | Publicaciones | 2 Comentarios

Réplica al comunicado del INCP sobre el Proyecto de Ley 345 de 2025

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2 Comentarios

  1. JORGE ARDILA
    JORGE ARDILA el 4 de diciembre de 2025 a las 14:55

    Luis Alfonso muy acertado su análisis. No se puede esperar nada distinto del INCP ya que su estructura y objetivos son muy diferentes a los del común de los CP de Colombia. Saludos.

    Responder
  2. Daniel Oviedo Lopez
    Daniel Oviedo Lopez el 5 de diciembre de 2025 a las 08:52

    Buenos dias como le sostenido siempre el punto dos no es necesario por eso seria como decirle a tdos los profesionales que estudiaron 5 años en una universidad que en cinco años siguiente ya no es profesioal en la carrera que estudio, a diferencia de exigir actualizacion comprobada del profesional para desempeño de sus tareas que deben ser demostrados en el momento de acceder a un empleo con deteminadas competencias para su desempeño es lo que debe ser: y No 2. «Un sistema actualizado de habilitación y renovación profesional, incluyendo práctica
    obligatoria y evidencia de actualización cada cinco años (art. 5)»

    Responder

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