La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó el Boletín de Actualidad Jurídica de abril de 2026, documento mensual que reúne las principales novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales del último periodo.

A continuación te presentamos los puntos más relevantes:

1. Normatividad destacada

  • Circular 005987 de 2026: Gravámenes Ad-Valórem aplicables a productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos y productos agroindustriales.
  • Resolución 000480 de 2026: Modificación de horarios en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar.

2. Doctrina tributaria más relevante

Impuesto sobre la renta

  • La redomiciliación internacional de una sociedad extranjera que mantiene continuidad jurídica no configura enajenación (ni directa ni indirecta) y no genera efectos en el impuesto de renta.
  • La ONU debe practicar retención en la fuente en pagos a terceros, salvo las excepciones previstas.
  • No se puede trasladar un saldo a favor objeto de beneficio de auditoría a la casilla de anticipo mediante corrección del artículo 43 de la Ley 962 de 2005.

Impuesto nacional a la gasolina y ACPM (INGA)
No procede el reintegro cuando la exportación la realiza una Sociedad de Comercialización Internacional, porque se rompe la trazabilidad exigida al ser un impuesto monofásico.

Impuesto al patrimonio
La figura del “pago bajo protesto” no produce efectos jurídicos frente a la DIAN.IVA y retención en la fuente

  • En servicios temporales de empleo, aseo, cafetería y vigilancia, la base gravable de IVA es el AIU, pero la retención en la fuente se practica sobre el valor total del pago.
  • En enajenación de inmuebles, el responsable de la retención es, por regla general, el comprador.

Factura electrónica
Errores formales o tipográficos en la identificación del adquirente que no impidan identificarlo de manera inequívoca no anulan la factura; se aplica el principio de sustancia sobre la forma.

Otros temas

  • Valores adquiridos a través del Mercado Global Colombiano se consideran activos en el exterior.
  • El agente escrow no factura la custodia de activos, pero sí debe facturar su comisión u honorarios.

3. Jurisprudencia relevante

Corte Constitucional – Sentencia C-079 de 2026
Declaró inexequible el Decreto Legislativo 1474 de 2025 (medidas tributarias del estado de excepción).
Efectos: no se pueden exigir impuestos directos posteriores al 29 de enero de 2026 y se deben devolver los pagos anticipados. Los beneficios de reducción de sanciones y conciliaciones aprovechados mientras estuvo vigente se mantienen.

Consejo de Estado – Sección Cuarta

  • La DIAN sí puede proferir liquidaciones oficiales de aforo en procesos de reorganización (Ley 1116 de 2006); lo prohibido es la ejecución.
  • Las devoluciones de ventas se reconocen fiscalmente en el periodo en que efectivamente ocurren.
  • El vencimiento del término de un año para resolver el recurso de reconsideración genera silencio administrativo positivo y pérdida de competencia.

¿Quieres consultar el boletín completo con todos los conceptos, enlaces a la Compilación Jurídica y el detalle de cada pronunciamiento?
Descarga el Boletín Actualidad Jurídica DIAN – Abril 2026 y ten a la mano la doctrina y jurisprudencia actualizada.