CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Yo soy revisor fiscal de un conjunto residencial en la asamblea ordinaria presente mi DICTAMEN, el cual salió
con SALVEDAD. Una vez di lectura al informe y expliqué los hallazgos. La presidente de la asamblea le dio la palabra
al administrador para que hiciera réplica a mi informe, el administrador no tuvo los argumentos suficientes para
desvirtuar mi informe, sin embargo, la asamblea se suspendió y solicitaron que en la próxima asamblea el
administrador debía entregar un informe explicando cada uno de mis hallazgos. La pregunta es: ¿el dictamen de
revisoría fiscal tiene réplica? (…)”
Parece que olvidaron, no cargaron el documento del Dictamen del R. F. con réplica, dejaron el documento de Firma de E.F. del contador saliente,,