Decreto 0379 de 2026: Nueva regla para calcular el IBC de trabajadores independientes por cuenta propiaEl 7 de abril de 2026 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0379 de 2026, que modifica el artículo 3.2.7.5 del Decreto 780 de 2016 (Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social).A continuación, los puntos más importantes del decreto:
- ¿A quiénes aplica?
Trabajadores independientes por cuenta propia y aquellos que celebran contratos diferentes a prestación de servicios personales que impliquen subcontratación o compra de insumos. - Nuevo procedimiento para liquidar aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI)
- Determinar el ingreso bruto.
- Descontar los costos reales asociados a la actividad económica (artículo 107 y siguientes del Estatuto Tributario) o
- Aplicar el esquema de presunción de costos que expida o actualice la UGPP mediante resolución, según la actividad económica principal.
- Actualización del esquema de presunción de costos
La UGPP actualizará los porcentajes de costos con base en información actualizada de la DIAN, DANE, Banco de la República y otras entidades, para reflejar la realidad económica, inflación y cambios en el mercado laboral. - Control por parte de la UGPP
La UGPP podrá exigir los soportes de los costos declarados. Si el aportante no los presenta, se aplicará automáticamente el coeficiente de costos de la resolución vigente según la actividad reportada en la declaración de renta. - Vigencia
El decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga el anexo técnico anterior del artículo 3.2.7.5.
Este decreto restablece y actualiza la posibilidad de descontar costos reales o aplicar presunción de costos para el cálculo del Ingreso Base de Cotización (IBC), tras la declaratoria de inexequibilidad del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019.
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