La Superintendencia de Sociedades publicó su Boletín de Conceptos Jurídicos de julio de 2026, compilado por el Centro de Estudios Societarios. El documento reúne pronunciamientos doctrinales recientes que impactan procesos de insolvencia, sistemas de cumplimiento y la actividad de factoring.
A continuación te resumimos los puntos más importantes:
1. Transición de DTF a IBR en operaciones de crédito (Art. 314 Ley 2294 de 2023)En acuerdos de reorganización y acuerdos privados de insolvencia:
- La DTF se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- A partir del 1 de enero de 2027 las referencias a la DTF en leyes y actos administrativos se entienden hechas al IBR a 3 meses.
- En contratos y acuerdos privados no hay conversión automática obligatoria. Las partes pueden pactar el IBR u otro indicador.
- Si el Banco de la República deja de publicar la DTF, podría ser necesaria una reforma del acuerdo para garantizar su ejecución.
- Se recomienda revisar los acuerdos que usen DTF y evaluar su modificación oportuna.
2. SAGRILAFT y PTEE – Periodo mínimo de permanencia adicional
Cuando una sociedad deja de ser vigilada por la Superintendencia de Sociedades y pasa a otra Superintendencia con facultades en sistemas de cumplimiento (ejemplo: Superintendencia Nacional de Salud):
- Deja de ser sujeto obligado ante SuperSociedades.
- No aplica el periodo mínimo adicional de 3 años ni las obligaciones de reportes (Informe 75, Informe 58, ROS ante UIAF) derivadas de esa supervisión.
- La obligación cesa porque ya no está bajo su supervisión.
3. Operaciones de factoring realizadas por SAS
Principales precisiones:
- Una SAS sí puede desarrollar factoring. No se exige objeto social exclusivo.
- Si está vigilada (por volumen de operaciones o contratos de mandato), debe inscribirse previamente en el Registro Único Nacional de Factores (RUNF) y actualizarlo anualmente.
- Prohibida la captación masiva de recursos del público. Solo se permite fondeo con recursos propios, créditos bancarios, venta de cartera a fondeadores autorizados o contratos de mandato específico.
- SAGRILAFT y PTEE aplican cuando se cumplen los umbrales de vigilancia o de la Circular Básica Jurídica.
- El descuento en factoring puro no se considera interés y no está sujeto a tasa de usura. Los intereses de mora sí lo están.
- El registro y circulación de facturas electrónicas como título valor se gestiona ante la DIAN (plataforma RADIAN). SuperSociedades no tiene competencia sobre ese sistema.
El boletín también incluye recomendaciones prácticas e infografías para facilitar la aplicación de estos pronunciamientos.
¿Quieres consultar el texto completo de todos los oficios, las respuestas detalladas y las infografías oficiales?
Descarga el Boletín de Conceptos Jurídicos de la Superintendencia de Sociedades – Julio 2026 y ten a la mano la doctrina actualizada.
Comentarios recientes