CONSULTA (TEXTUAL) al CTCP

“(…) De acuerdo al Art 20 de la Ley 1819 de 2016 que modifica el Art 18 del Estatuto tributario (Contratos de colaboración empresarial), en este entendido elevó las cuentas en participación a contratos de colaboración empresarial bajo un mismo registro único tributario a diferencia de las demás formas de colaboración empresarial como unión temporal, consorcio, etc., lo que lo hace más complejo de manejar las cuentas en participación

Nº de Radicación CTCP 2021-0442

¿Los estados financieros del socio gestor deberán contener el 100% de la información o solo su
participación? Recordemos que para la Supersalud en el reporte de cuentas por pagar y por cobrar se
reporta todo y debe coincidir con el estado de situación financiera. Es decir, allí no se podría reportar
solo la participación del socio gestor, debido a que no sería coherente ni se podría cruzar con las EPS
para conciliar cartera, por ejemplo.

¿Es correcto emitir estados financieros solo con su participación? Allí difiere en principio con los libros
contables donde está el 100% de las operaciones.