La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN recuerda a la ciudadanía que la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario -RUT es indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación según el Decreto 1625 de 2016 en su artículo 1.6.1.2.7.; el inscrito solamente debe realizar actualización en caso de tener una modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro.

Tomado de DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia

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