El 29 de noviembre de 2021 los contadores públicos y las instituciones de Educación Superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública elegirán, mediante el voto electrónico, al miembro principal y suplente como representante de todos los contadores públicos e instituciones educativas como miembros del Tribunal Disciplinario, por un periodo de 4 años, de 2022 a 2025.

Para llevar a cabo este ejercicio de elección se estableció un procedimiento técnico, a través, de la resolución 000-1418 del 2021, la cual se puede consultar a través de nuestra página web.

Calendario Electoral

A continuación presentamos las fechas para llevar a cabo el procedimiento electoral

Cronograma

Presentamos aspectos importantes del procedimiento electoral:

¿Cuántos miembros serán elegidos?

Serán seleccionadas dos (2) representantes, miembro principal y su suplente, de los contadores públicos inscritos ante la UAE Junta Central de Contadores y las Instituciones de Educación Superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública.

¿Quiénes pueden ser elegidos?

1. Un Contador Público, debidamente inscrito, que no cuente con sanciones disciplinarias vigentes, este representará a los Contadores Públicos, que será seleccionado por un único voto de forma electronico

2. Un contador público postulado por las instituciones de educación superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública.

¿Cómo serán elegidos?

Las elecciones se harán de forma directa, electrónica y secreta. Contamos con un sistema electoral uninominal, esto quiere decir que, cada votante podrá elegir a una solo persona, en la única vuelta que habrá.

El candidato que obtenga el mayor número de votos será reconocido como el miembro principal y quien le siga en número de votos será el suplente.

¿y si hay un empate?

El miembro principal será aquel que se haya inscrito de primero y cumplido con los requisitos de inscripción. El suplente será el segundo en haberse inscrito y cumplido con los requisitos.

¿Cómo puedo ser candidato?

La inscripción se hará a través de nuestra página web www.jcc.gov.co , se deben cumplir con unos requisitos, los cuales se comprueban a través de los siguientes documentos según el cargo al que desea postularse:

Candidatos representantes de los contadores públicos

1. La calidad de Contador Público de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1° de la Ley 43 de 1990.

2. No tener sanciones disciplinarias vigentes.

3. Manifestación, bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra inmerso en causales de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos o conflictos de interés, conforme a lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1955 de 2010.

4. Documento en formato JPG correspondiente a una fotografía 3×4 cms, 342×387 pixeles, con Resolución a 300 dpi, tomadas de frente.

5. Documento en formato PDF ampliado al 150% de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería del solicitante.

6. Documento en formato PDF, en un solo archivo, del certificado vigente de antecedentes expedido por la Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación y Policía Nacional.

Candidatos representantes de las Instituciones de Educación Superior

Esta postulación sólo puede ser realizada exclusivamente por las instituciones de Educación Superior que cuente con registro calificado de programas académicos de Contaduría Pública, además, se deben presentar los siguientes documentos:

1. La calidad de Contador Público de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1° de la Ley 43 de 1990.

2. No tener sanciones disciplinarias vigentes.

3. Manifestación, bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra inmerso en causales de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos o conflictos de interés, conforme a lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1955 de 2010.

4. Documento en formato JPG correspondiente a una fotografía 3×4 cms, 342×387 pixeles, con Resolución a 300 dpi, tomadas de frente.

5. Documento en formato PDF ampliado al 150% de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería del solicitante.

¿Quién verifica? Y ¿Cuándo se publica la lista de Candidatos?

La verificación del cumplimiento de los requisitos la realiza el Director General de la Entidad, el secretario y los Dignatarios que representan las entidades públicas dentro del Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores

Posterior, los resultados serán publicados mediante un listado de los candidatos, el cual estará en orden alfabético con el primer apellido de cada candidato, y podrá verse en la página web www.jcc.gov.co y en las redes sociales de la Entidad.

El día 16 de septiembre al 24 de septiembre de 2021 se realizará la verificación del cumplimiento de los requisitos y documentación establecida en la Resolución 1418 de 2021.

El 15 de octubre de 2021, se hará la publicación lista de los candidatos que cumplieron con los requisitos exigidos.

¿Qué pasa con las personas que no reúnan los requisitos?

A través de correo electrónico reportado en la postulación, la Entidad comunicará que no reúne los requisitos, a partir de ese momento cuenta con cinco (5) días hábiles para completar, aclarar, aportar o corregir los requisitos que te solicitan.

Tenga en cuenta que posterior a los cinco (5) días, no se emite respuesta, es incompleta o no aporta lo solicitado, se entenderá desistida , esto es que no tiene interés en postularse.

Dicho término está previsto entre el 27 de septiembre al 1 de octubre de 2021: complementación de requisitos de inscripción por parte de los candidatos

¿Cómo sé que he quedado inscrito?

Le enviaremos un mensaje de constancia de inscripción indicando la fecha y hora, a través del correo electrónico.

¿Cuándo y cómo se harán las elecciones?

Las elecciones se realizarán mediante proceso de voto directo, secreto y electrónico, que se llevará cabo durante una sola jornada el:

Día: 29 de noviembre de 2021

Horario: 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada Continua) Voto electrónico en www.jcc.gov.co

¿Cómo se hará la votación electrónica?

Tendremos un aplicativo electrónico publicado en internet. Este va a permitir que haya claridad en la información y que todos los candidatos estén en condiciones de igualdad.

El aplicativo cuenta con un manejo confiable y seguro de la información, así que con el podemos

a) Reconocer quién es el votante.

b) Registrar el voto de forma anónima por uno de los candidatos.

c) Consolidar los resultados.

d) Generar un informe al finalizar la jornada de elecciones.

Se invita a la comunidad contable actualizar los datos a través del enlace de la página web https://www.jcc.gov.co/es/actualizacion-de-datos

¿Quiénes pueden votar?

– Representante de contadores públicos el censo electoral son los contadores públicos inscritos ante la Entidad.

– Representante instituciones Educativas el censo electoral son los rectores, o los delegados, de las instituciones educativas que cuenten con registro calificado.

¿Quién va a contar los votos para elecciones?

Se contará con una comisión escrutadora, la cual será conformada por el director general, el secretario del Tribunal Disciplinario y los miembros del Tribunal Disciplinario que no estén participando en la elección. Sus funciones son las siguientes:

a. Verificar el cumplimiento de los requisitos de los candidatos.

b. Declarar la apertura y el cierre del proceso electoral.

c. Efectuar el escrutinio de las votaciones.

d. Resolver las reclamaciones en el procedimiento.

¿Habrá Testigos Electorales?

Sí. Los candidatos que será elegidos pueden estar presentes en el proceso de votación, o si desean postularán un testigo electoral, que vigilará el proceso de votación y conteo de votos; esto se hará en la sede principal de la Junta Central de Contadores 16 No 97- 46 Oficina 301 en la ciudad de Bogotá D.C.

¿Cómo puede el Candidato postular su Testigo Electoral?

El candidato presenta esta información ante el director general de la Junta Central de Contadores:

a. Nombre completo del ciudadano.

b. Número de identificación.

c. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.

Estos datos deben entregarse a más tardar los (5) días hábiles de la fecha establecida para la votación.

Día de Votaciones

29 de noviembre de 2021 desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

Conteo de Votos y solución de reclamaciones

La comisión escrutadora una vez finalizada la votación realizará el conteo de los votos y resolverá inmediatamente las quejas y/o reclamaciones que presenten los candidatos y los testigos electorales, todo quedará por escrito en un acta.

¿Cuándo se conocen los resultados?

Los resultados se publicarán el 29 de noviembre de 2021, el mismo día de la votación, en la página web www.jcc.gov.co